CNC publicó en su web un comunicado anunciando el 12 de julio su investigación sobre posibles prácticas anticompetitivas por parte de la industria láctea en el mercado de aprovisionamiento de leche de vaca cruda. El resultado de la misma ha sido una denuncia formal con un nuevo comunicado del día de ayer (24 de julio) por asegurar que varias empresas lácteas pactaban los precios formando un cartel lácteo.
El expediente afecta a Danone, Puleva Food, Grupo Leche Pascual, Nestlé España, Grupo Lactalis Iberia, Corporación Alimentaria Peñasanta y Cooperativa Agrícola y Ganadera del Pirineo, además de al Gremio de Industrias Lácteas de Cataluña y a la Asociación de Empresas Láctea de Galicia.
El organismo especificó que el origen de estas actuaciones se encuentra en las numerosas denuncias y quejas recibidas, así como en las noticias aparecidas en prensa relativas a la problemática en el sector de la leche, un ámbito "que ha sido objeto de investigación por parte de las autoridades de competencia en ocasiones anteriores".
De esta forma, la actuación de la institución que preside Joaquín García responde a las reivindicaciones históricas de las organizaciones agrarias, que han venido denunciando periódicamente la existencia de un cártel en el sector a la hora de comprar la leche a los ganaderos, que se concretaba en unos precios determinados.
La acusación
Según Competencia, estas informaciones se refieren a posibles prácticas anticompetitivas de diversas empresas y asociaciones de industrias lácteas que consistirían en intercambios de información sensible sobre clientes, condiciones de compra y precios y en la adopción de acuerdos cuyo objeto sería el reparto de mercado y la fijación de condiciones comerciales a los ganaderos.
En el marco de la investigación, el 11 y 12 de julio de 2012 se realizaron inspecciones domiciliarias en las sedes de empresas y asociaciones de la industria láctea en Galicia, Cantabria y Cataluña. En consecuencia, la Dirección de Investigación concluye que "existen indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas" por la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y se acuerda, de conformidad con su artículo 49.1, la incoación de expediente sancionador S/0425/12.
El plazo para resolver el caso
Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción y resolución por parte de la Comisión Nacional de la Competencia, según ha precisado el comunicado. La investigación de los cárteles supone una de las prioridades de actuación de la CNC, "dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores", ha recordado.
La CNC ratifica en su comunicado que la empresa que forma parte de un cártel y aporta elementos de prueba que posibilitan la detección o la comprobación de la existencia de dicho cártel puede beneficiarse de la exención del pago de la multa o, en su caso, de una considerable reducción del importe de la multa que pudiera corresponderle por su participación en el cártel.






















